Protocolo de prevención
en el ámbito laboral
Recuerda que es obligatorio implantar el Protocolo, pero no realizar cursos sobre acoso laboral, que en ningún caso aseguran el cumplimiento ni sustituyen a la adaptación a la normativa vigente en esta materia.
El Protocolo para la prevención y abordaje del acoso laboral, acoso sexual y acoso por razón de sexo es obligatorio en todas las empresas, independientemente del número de trabajadores (artes 46 y 48 LI).
Con la implantación del protocolo establecemos las medidas necesarias para la prevención y lucha contra acoso en todas sus modalidades, creando una vía para gestionar las quejas o denuncias en el ámbito interno de la empresa, de forma ágil, confidencial y accesible.
- Es aplicable a toda la plantilla de la empresa y a las personas que careciendo de una relación laboral colaboran con la empresa (voluntarios, que realizan prácticas no laborales o personal en formación).
- Las empresas obligadas a implantar un Plan de Igualdad también deben disponer de un Protocolo de acoso laboral.
¿Cómo lo hacemos?
Este protocolo se realiza de forma presencial y por profesionales acreditados. No te fíes de las empresas que te ofrecen formaciones a coste cero u online, puesto que en ningún caso garantizan el objetivo de lucha contra el acoso.
En LOPD Mallorca, además de la implantación del Protocolo, también formaremos a tus trabajadores, porque se sensibilicen y puedan detectar conductas calificables como acoso laboral.
Duración y vigencia
La vigencia del protocolo de acoso laboral es indefinida, pero es recomendable su seguimiento y evaluación, así como la revisión cada 3 años, como ocurre con los Planes de Igualdad y en los supuestos que contempla elarte 9 del RD 901/2020, de 13 de octubre
Sanciones
Aquellas empresas que no dispongan de un Protocolo contra el acoso laboral se enfrentan a sanciones ante la Autoridad Laboral y denuncias ante los tribunales.
- Multas de 7.501 a 30.000€ para infracciones leves.
- Multas de 30.001 a 120.005€ para infracciones graves.
- Multas de 120.006 a 225.018€ para infracciones muy graves.